¿Qué es el finiquito por necesidades de la empresa?

El finiquito por necesidades de la empresa debe estar debidamente fundamentado, para que dicha causal establecida en el Código de Trabajo tenga validez.

En este post hablaremos sobre este y cuál es el cálculo que involucra.

¿Qué es la causal por necesidades de la empresa?

Este finiquito invoca una causal para dar termino a la relación laboral determinada en el artículo 161 inciso 1° del Código de Trabajo cuyo fundamento debe obedecer a un carácter técnico o bien a un aspecto de orden económico.

El Código de Trabajo no define la causal por necesidades de la empresa, sin embargo el legislador, en dicho artículo propone algunos aspectos a modo de ejemplo:

  • Cambio de las condiciones de mercado,
  • la racionalización o modernización de la empresa.

Por lo tanto, debe existir veracidad de las circunstancias que se argumentan para justificar como necesaria la separación del trabajador.

Invocar causal artículo 161 inciso 1°

Causal contemplada por el artículo 161 del Código del Trabajo, que dispone:

Sin perjuicio de lo señalado en los artículos precedentes, el empleador podrá poner término al contrato de trabajo invocando como causal las necesidades de la empresa, establecimiento o servicio, tales como las derivadas de la racionalización o modernización de los mismos, bajas en la productividad, cambios en las condiciones del mercado o de la economía, que hagan necesaria la separación de uno o más trabajadores. La eventual impugnación de las causales señaladas, se regirá por lo dispuesto en el artículo 168.

¿Puede invocarse necesidades de la empresa cuando el trabajador esta de licencia médica?

La ley protege al trabajador cuando este se encuentra de licencia médica, indistintamente si es por enfermedad común, accidente de trabajo o enfermedad profesional.

Por lo cual no puede despedirse durante la licencia médica.

Esta protección se encuentra determinada en el artículo 161, inciso 3°.

Fundamentos para invocar causal artículo 161

La señalada causal fue introducida por la ley 19.010 y de acuerdo al mensaje y a la discusión de ésta, lo que se ha querido es centrar la razón del despido en necesidades de carácter económico o tecnológicas.

Se trata de que el empleador despida cuando por motivos de carácter objetivo, no pueda retener al
trabajador.

En otras palabras, los hechos que constituyen esta causal son ajenos a la voluntad de las partes, pues apunta a que el trabajador sea despedido por alguna razón objetiva, sin perjuicio de su derecho a indemnizaciones.

Si se acreditare que el despido no tuvo fundamento, se incrementa la indemnización por años de servicios en un 30%.

Esta causal no es posible aplicarla si el trabajador se encuentra acogido a licencia médica (en este caso el despido sería nulo).

Indemnización por años de servicio y sustitutiva de aviso previo

Cuando se invocare esta causal el trabajador tendrá derecho a la indemnización por años de servicios y a la sustitutiva del aviso previo, (esta última en caso que no se avisare con la antelación debida de a lo menos 30 días).

Carta de Aviso de termino de contrato por necesidades de la empresa

Si el empleador invoca la causal de necesidades de la empresa, este deberá dar un aviso formal por escrito al trabajador, con copia a la Inspección del Trabajo.

Dicho aviso debe darse con treinta días de anticipación.

Sin perjuicio de lo anterior, no se requerirá esta anticipación cuando el empleador pagare al trabajador una indemnización sustitutiva de aviso previo, correspondiente a la última remuneración mensual devengada.

¿Cómo se calcula el finiquito por necesidades de la empresa?

El aviso, además, si el contrato de trabajo hubiere estado vigente un año o más, deberá informar el valor de una indemnización por años de servicio.

El monto total para pagar por concepto de indemnización por años de servicio establecido legalmente equivale a treinta días de la última remuneración mensual devengada por cada año de servicio y fracción superior a seis meses, prestados continuamente a dicho empleador.

Esta indemnización tendrá un límite máximo de trescientos treinta días de remuneración (11 meses), cuyo tope no se aplica para los trabajadores con contrato vigente al 1º de diciembre de 1991 y que hubieren sido contratados con anterioridad al 14 de agosto de 1981, ya que respecto de dichos trabajadores no existe límite a la indemnización legal.

Para saber más sobre que se paga en un finiquito puedes consultar el post sobre el finiquito de trabajo.

Modelo de finiquito por necesidades de la empresa

En el siguiente enlace encontraras un modelo de finiquito por necesidades de la empresa y el modelo de la carta de aviso en archivo Word para descargar y que lo puedas editar a tu conveniencia.

Gracias por leer este post y no olvides compartir, por favor, esta información a colegas y amigos.

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